Actos de Comprobación en Materia de Prevención de Incendios
Asegurando la conformidad: expertos en prevención y seguridad contra incendios verifican rigurosamente todas las actividades y establecimientos.
Nuestros expertos llevan a cabo el acto de comprobación de todas aquellas actividades, establecimientos o edificios con tal de verificar que estos cumplan todas las prescripciones establecidas para la legislación sectorial aplicable en prevención y seguridad en materia de incendios y, específicamente las establecidas por la autorización o licencia correspondiente.
DEKRA está acreditada como Entidad colaboradora de la Administración en el ámbito de la prevención y seguridad en materia de incendios con el núm. ECI-08.
¿Qué son Actos de Comprobación en Materia de Prevención de Incendios?
El incendio es un fenómeno que se presenta en diversos contextos y escenarios, tiene orígenes diversos y a menudo tiene unos efectos devastadores.
Por ese motivo, el cumplimiento de la normativa de protección contra incendios está presente en todos los proyectos y tramitaciones administrativas asociados a los establecimientos, las actividades, las instalaciones y las infraestructuras.
Uno de los objetivos principales de La Ley 3/2010, del 18 de febrero, de prevención y seguridad en material de incendios, es el de determinar el régimen de intervención administrativa de la Generalitat de Cataluña.
En este sentido la Ley establece tres etapas de intervención:
- Intervención previa. Control preventivo
Esta etapa se lleva a cabo mediante la validación del cumplimiento normativo de protección contra incendios del proyecto, memoria técnica u otra documentación presentada con motive de la solicitud de licencia.
- Acto de comprobación
Una vez finalizada la obra, en el proceso de la puesta en marcha de un establecimiento, una actividad o la ocupación de un edificio, se requiere la realización de un acto de comprobación por parte de una Entidad Colaboradora de la Administración en el ámbito de la prevención y seguridad en materia de incendios.
Durante el acto de comprobación in situ se llevan a cabo un conjunto de verificaciones con el objetivo de comprobar que se cumplen todas las prescripciones establecidas por la legislación sectorial aplicable en prevención y seguridad en materias de incendios y, específicamente, las establecidas en el informe preventivo.
- Intervención a posteriori al inicio de la actividad: Inspecciones
En esta etapa se incluyen tanto las inspecciones llevadas a cabo por el Cuerpo de Bomberos de la Generalitat o los funcionarios técnicos adscritos, así como las inspecciones periódicas (RSCIEI/RIPCI) llevadas a cabo por los organismos de control.
¿Es obligatorio?
Los actos de comprobación em Materia de Prevención de Incendios son obligatorios para todas aquellos establecimientos, actividades, infraestructura y edificios situados en el territorio de Cataluña que puedan generar una situación de riesgo para las personas, los bienes o el medio ambiente en caso de incendio y que estén reguladas por la Ley 3/2010.
¿Sobre quién recae la obligación?
Es obligación del titular del establecimiento, la actividad, la infraestructura o el edificio la de solicitar a una entidad colabora de la Administración en el ámbito de la prevención y la seguridad en materia de incendios que se lleve a cabo un acto de comprobación para verificar que se cumplen todas las prescripciones establecidas por la legislación sectorial aplicable en prevención y seguridad en materias de incendios y, específicamente, las establecidas en el informe preventivo
¿Qué incluye el servicio de DEKRA?
Los actos de comprobación se llevan a cabo por técnicos habilitados y se procede de la siguiente manera:
- Recopilación y análisis de la suficiencia y de la idoneidad de la información facilitada por el titular.
- Verificación, mediante la observación visual de la correspondencia entre la realidad existente y las obras e instalaciones descritas en la documentación técnica y objeto de solicitud de licencia o autorización.
- Verificación de la correcta materialización en la obra y/o en las instalaciones de las medidas y condiciones de prevención y seguridad contra incendios y concretamente:
- La limitación de la propagación interior del incendio
- La limitación de la propagación exterior del incendio
- La evacuación de sus ocupantes
- Las instalaciones de protección contra incendios
- La intervención de los bomberos
- La resistencia al fuego de la estructura
- Comprobación de la correspondencia y de la idoneidad entre los certificados de reacción al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario con las condiciones determinadas en la documentación técnica y con la realidad existente.
- Comprobación de la correspondencia y de la idoneidad entre los certificados de resistencia al fuego de los elementos constructivos, y estructurales con las condiciones determinadas en la documentación técnica y con la realidad existente.
- Comprobación de la correspondencia y de la idoneidad de los certificados de instalación y de revision de los equipos e instalaciones de protección contra incendios